Asesoramiento Agrario y Servicios Agrícolas.

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Este Blog contiene enlaces a Publicaciones sobre el proceso de reforma de la PAC
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jueves, 5 de marzo de 2015

LA PAC: UNA PRIMERA APROXIMACIÓN AL CÁLCULO DE LAS AYUDAS

Fuente

Blog Ruralsiglo21. Autor: Francisco Martinez Arroyo


LA PAC: UNA PRIMERA APROXIMACIÓN AL CÁLCULO DE LAS AYUDAS

Se trata, sólamente, con la información disponible, de presentar un modelo sencillo de cálculo de las ayudas. Es sólo un ejemplo y los porcentajes para calcular el pago básico y el pago verde se han obtenido a partir de los datos disponibles y pueden variar ligeramente respecto a los que finalmente se apliquen.
Para poder hacer el ejemplo, es preciso previamente obtener la información de los pagos a nivel nacional del régimen de pago único, la parte no acoplada de la vaca nodriza, el programa nacional de rotación de cultivos, el programa de calidad del tabaco y el programa de calidad del algodón, realizados en 2014. Los datos son los siguientes:
ruralsiglo21.org
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A partir de la cifra efectivamente pagada en 2014 y del límite máximo nacional para el Régimen de Pago Básico en 2015 (2.809.784.000 euros) menos la reserva -considerando una reserva del 3% sobre dicho límite-, se obtiene el porcentaje (57,28% -es necesario insistir en que podrá variar ligeramente-) que representa éste último sobre la cifra pagada en 2014 de los regímenes de ayuda citados anteriormente. Los cálculos los podemos ver en el cuadro siguiente:
ruralsiglo21.org
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Para poder calcular la ayuda en un ejemplo concreto, hay que incluir también el pago verde, que se calcula como un porcentaje de los derechos de pago básico de cada agricultor. El porcentaje se obtiene dividiendo el límite máximo nacional para el pago verde entre el valor de los derechos del régimen de pago básico efectivamente activados en España en 2015 -para conocer el dato concreto, hay que esperar a que acabe el período de solicitud única de 2015. En este ejemplo, se ha considerado que se activan todos los derechos-. Como consecuencia de estas premisas, se obtiene un 51,70%.
Supongamos un agricultor que ha recibido en 2014, pagos directos -de los regímenes de ayuda ya citados- por valor de 6.500 euros y que tiene todos sus derechos en la misma región para la convergencia -el caso de derechos en más de una región es mas complejo y el mecanismo de reparto de los derechos entre las regiones todavía está por definir-. El valor de sus derechos del régimen del pago básico representará, según las cifras de este blog, el 57,28% de los 6.500 euros que recibió en 2014, 3.723,20 euros como se aprecia en el cuadro siguiente. Si este agricultor dispone de 4o derechos, el valor unitario alcanzará los 93,08 euros. En cuanto al pago verde esté será el 51,70% del valor de los derechos de pago básico, 1.924,89 euros.
La suma de pago básico y pago verde -este, como se ha comentado, se calcula como un porcentaje del pago básico- , antes de la convergencia,  alcanzará los 5.648,09 euros, un 87% de lo que recibió en 2014.
ruralsiglo21.org
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Suponiendo un valor medio de los derechos en la región del ejemplo de 160 euros, al estar el valor unitario de los derechos de este agricultor por debajo del 90% del valor medio regional, deberá aumentar su valor unitario en un tercio de la diferencia entre el 90% del valor medio regional y su valor unitario de origen, tal y como se refleja en el siguiente cuadro. El aumento del valor unitario de los derechos, de 16,97 euros, se reparte en cinco anualidades iguales, de 2015 a 2019, de tal manera que, para 2019, el valor unitario será de 110,05 euros. Es conveniente indicar que para que se produzca este aumento del valor de los derechos, otros derechos en la misma región deberán bajar, con los límites que se han establecido para la convergencia en el Real Decreto 1076/2014.
ruralsiglo21.org
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Así, para cada anualidad, desde 2015 a 2019, en este ejemplo, los derechos de pago básico aumentarán, cada uno de ellos 3,39 euros, siguiendo la senda que se refleja en el último cuadro, en el que también hemos incluido el pago verde.
ruralsiglo21.org
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De esta forma, en este ejemplo, sólo se alcanza la cifra percibida en 2014, al final del período. En la mayor parte de los casos, el sumatorio de pago básico y pago verde será inferior, cada año, y en el computo del período, a lo percibido con el pago único. Este descenso será mucho mayor en aquellos casos en que el valor unitario de los derechos esté por encima del valor medio regional, ya que serán estos los que “financien” la convergencia. Sólo en casos de posición de partida del valor de los derechos unitarios muy bajos, podrá incrementarse algo la cuantía de los pagos percibidos en el conjunto del período, lo que será muy poco frecuente, teniendo en cuenta que la convergencia en 50 regiones se ha previsto, precisamente, para limitar al máximo la variación del valor de los derechos…pero de eso hablaremos ya otro día….